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Arancelamiento Hospitalario A través del decreto 578 se crea los Hospitales de Autogestión lo que posibilita que dichos hospitales puedan facturar a obras sociales, compañías de seguros ART o terceros pagadores y realizar de esta forma un recupero de dinero sobre aquellas personas atendidas en las instituciones y que posean algún tipo de cobertura. Toda persona con obra social al atenderse en el Hospital puede colaborar trayendo documento y último recibo de sueldo, que aquí se le realizará una fotocopia a los mismos para solicitarle a la obra social el pago de la atención. O sea, el paciente no tiene que abonar nada, la obra social es la que se hace cargo de la atención del mismo. Cuadro de Facturación/Recaudación año 2.015
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